DECLARACIÓN SOBRE EL RESPETO AL DERECHO INTERNACIONAL, EL DETERIORO DEL DERECHO DE ASILO POLÍTICO EN AMÉRICA LATINA Y SOBRE SU PROTECCIÓN
Los exjefes de Estado y de Gobierno de Iniciativa Democrática de España y las Américas (IDEA),
Constatando que el derecho de buscar y recibir asilo es una institución histórica arraigada en el Derecho internacional americano, de naturaleza humanitaria, pacífica y social y que en modo alguno puede ser considerada como un acto inamistoso por ningún Estado;
Teniendo presente que, por lo anterior, “la seguridad derivada del asilo no puede interpretarse como una protección contra las leyes y la jurisdicción de los tribunales legalmente constituidos”;
Observando, además, que una exministra ecuatoriana condenada por corrupción recibió asilo en Quito de la embajada argentina y salió de la misma, furtivamente, protegida por Venezuela y sin esperar el salvoconducto;
Verificando, a la vez que, sucesivamente, el gobierno de México interviene en los asuntos internos ecuatorianos al declarar su presidente que el asesinato del candidato presidencial Fernando Villavicencio – quien denunciase a Jorge Glas ante la fiscalía general del Estado – perjudicó a la candidata presidencial del movimiento Revolución Ciudadana;
Considerando que el Estado mexicano sin valorar la situación jurídica del exvicepresidente Glas condenado y encarcelado por hechos de corrupción vinculados con las operaciones de Odebrecht le otorgó asilo político;
Enterados de que fuerzas policiales ecuatorianas al objeto de detener al exvicepresidente Jorge Glas, violentaron la sede de la embajada de México en la ciudad de Quito e irrespetaron la inviolabilidad de toda sede diplomática según los principios y normas del Derecho internacional;
DECLARAMOS QUE
Rechazamos el otorgamiento de asilo político al exvicepresidente Glas hecho por el gobierno de México, dada su abierta contradicción con lo que prescriben la Convención Interamericana y la Convención de Naciones Unidas contra la Corrupción, a saber, que “el hecho de que se alegue que un acto de corrupción ha sido cometido por motivaciones o con
finalidades políticas, no bastarán por sí solos para considerar dicho acto como un delito político o como un delito común conexo con un delito político”, pues lo procedente es no considerar “de carácter político ninguno de los delitos tipificados” con arreglo a dichos instrumentos internacionales.
Rechazamos el atentado ocurrido contra la inviolabilidad de la sede diplomática mexicana en Ecuador por contravenir los principios de la Convención de Viena y del Derecho internacional general;
Hacemos un llamado a los gobiernos de Ecuador y de México para que resuelvan este diferendo a través de un diálogo constructivo que asegure la normalidad de sus relaciones de amistad y en acuerdo con las normas y principios del Derecho internacional y las del Derecho de asilo, ampliamente desarrolladas estas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, a pedido del mismo Ecuador.
Invitamos a la comunidad internacional y a los Estados para que procedan a la revisión y a la actualización de las normas sobre Derecho de asilo, en modo tal que reflejen las previsiones de la Convención Naciones Unidas contra la Delincuencia Transnacional Organizada.
Mario Abdo, Paraguay
Óscar Arias S., Costa Rica
José María Aznar, España
Nicolás Ardito Barletta, Panamá Felipe Calderón, México
Rafael Ángel Calderón, Costa Rica Laura Chinchilla, Costa Rica Alfredo Cristiani, El Salvador
José María Figueres, Costa Rica Vicente Fox, México
Federico Franco, Paraguay Eduardo Frei, Chile
Lucio E. Gutiérrez B., Ecuador
Osvaldo Hurtado, Ecuador
Luis Alberto Lacalle H., Uruguay Guillermo Lasso, Ecuador
Mauricio Macri, Argentina
Jamil Mahuad W., Ecuador
Carlos Mesa G., Bolivia
Lenin Moreno, Ecuador
Mireya Moscoso, Panamá
Andrés Pastrana, Colombia
Ernesto Pérez Balladares, Panamá Jorge Tuto Quiroga, Bolivia
Miguel Ángel Rodríguez E., Costa Rica Juan Carlos Wasmosy, Paraguay
Es auténtica:
Asdrúbal Aguiar
Secretario General del Grupo IDEA www.idea-democratica.org
9 de abril de 2024